Causa “Vialidad”: de dónde surge el monto de $84 millones que deberán devolver los condenados
El Tribunal Oral determinó en diciembre de 2022 que el monto a decomisar era de $ 84 mil millones, que debían ser actualizados al momento en que la condena quedara firme, lo que equivale a una cifra cercana a los $ 650 mil millones.

La condena a 6 años de prisión contra Cristina Fernández de Kirchner por la causa “Vialidad”, que fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, también incluye el decomiso de bienes con el objetivo de recuperar para el Estado el dinero que, según el fallo, se utilizó para pagar sobreprecios en la realización de las obras públicas cuestionadas.
¿Cuántos fondos deberán devolver Fernández de Kirchner y el resto de los condenados? ¿Cómo se calculó ese monto? ¿De qué manera la Justicia puede hacer efectivo el decomiso? Te lo contamos en esta nota.
¿Cuánto dinero deberán devolver Cristina Fernández de Kirchner y los otros condenados?
El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2, que fue ratificado por la Corte Suprema, ordenó el decomiso de $ 84.835 millones. Pero ese monto, calculado en diciembre de 2022, debe actualizarse al momento de la ejecución de la pena, según se ordenó en la medida judicial.
Los organismos técnicos que disponga la Justicia deberán realizar el cálculo de actualización según la metodología que consideren más adecuada (podrían utilizar el dato de inflación que publica mensualmente el INDEC o la tasa de referencia del Banco Central, por ejemplo).
Si se actualiza la cifra según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, los condenados deberían pagar unos $ 650 mil millones, según estimó Chequeado.
Pero el decomiso no recae sólo sobre la ex presidenta: el fallo determina que el monto deberá ser pagado de forma solidaria por todos los condenados, aunque no especificó el porcentaje que deberá afrontar cada uno de ellos.
Gustavo Platt, ex integrante de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) y especialista en ejecución penal, dijo a Chequeado que -en casos en los que hay múltiples condenados- “los montos que debe pagar cada uno dependen de las contribuciones que hayan hecho al delito”.
¿Cómo se calculó el monto de decomiso dispuesto en el fallo?
De acuerdo con la sentencia del Tribunal Oral, el monto del decomiso se calculó en función de 2 hechos concretos:
- La cartelización empresarial que benefició a las firmas de Lázaro Báez.
- El sobreprecio en la licitación de obras, que promedió un 20% de acuerdo con la Justicia.
Originalmente, el monto determinado por los peritos fue de $ 831,5 millones, pero en diciembre de 2022 se actualizó según el IPC a $ 84.835 millones.
Según el fallo, esta suma tiene en cuenta “el monto de sobreprecios, la cifra calculada del proceso de cartelización en el proceso licitatorio de cada una de las obras, los daños ocasionados por el abandono de las mismas y lo abonado en concepto de modificaciones de obras y redeterminaciones de precios en la totalidad de los casos”.
¿Cómo puede la Justicia decomisar los bienes de los condenados en la causa “Vialidad”?
El fallo original da a los condenados 10 días para depositar el dinero decomisado. ¿Qué ocurre si no lo hacen?
La Justicia podrá en ese caso ejecutar bienes que se encuentren a nombre de los detenidos, como propiedades, automóviles o dinero en cuentas bancarias, entre otros.
¿Qué se hace con los bienes decomisados?
La regla general es que el dinero decomisado pasa a formar parte del presupuesto del Poder Judicial. Así está consignado en la Ley 23.853 y en una acordada de la Corte Suprema, que además dispuso la inscripción de los bienes en un registro.
Pero hay algunos tipos penales en los que hay un destino establecido por ley. Por ejemplo, los bienes decomisados por delitos de trata de personas van a un fondo específico de lucha contra la trata.
Además, el Código Penal, en sus artículos 29 y 30, establece que lo prioritario es la indemnización a las víctimas (la reparación del daño causado). Sin embargo, en los delitos económicos es más difícil identificar a la víctima. Por su parte, el Código Procesal Penal, en su artículo 522, dispone que ante el “decomiso de algún objeto, el tribunal le dará el destino que corresponda según su naturaleza”.
Esta semana, los fiscales del caso “Vialidad”, Diego Luciani y Sergio Mola, dictaminaron que es “de extrema importancia asegurar que el decomiso cumpla una función social. En otras palabras, debe resarcirse de manera integral el grave daño ocasionado por la defraudación colosal que las máximas autoridades del Poder Ejecutivo y un particular llevaron a cabo en perjuicio del Estado”.
Y concluyeron: “Es importante que a la suma decomisada se le dé una finalidad de utilidad pública para cubrir necesidades sanitarias, educativas o de infraestructura y vivienda – ámbitos que requieren asistencia y modernización inmediata-, como un modo de compensar e intentar reparar el grave desequilibrio ocasionado por los delitos y para que, en definitiva, la ciudadanía se beneficie de ello”.
La decisión final queda en manos del Tribunal Oral.
El monto de los decomisos fue definido al calcular los beneficios obtenidos por la cartelización empresarial que benefició a las firmas de Lázaro Báez y el sobreprecio en la licitación de obras, que promedió un 20% de acuerdo con la Justicia.