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Concejo Deliberante

Ordenanza Municipal 1565/2024 Adoptar el simbolo de accesibilidad para personas con discapacidad

El 11 de marzo el Concejo Deliberante de Cinco Saltos sancionó la OM para adoptar el "Símbolo Internacional de Accesibilidad para Personas con Discapacidad"

Ordenanza Municipal 1565/2024 Adoptar el simbolo de accesibilidad para personas con discapacidad
Ordenanza Municipal 1565/2024 Adoptar el simbolo de accesibilidad para personas con discapacidad

15 de Abril de 2025

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VISTO: 

             La Orden del 23 de diciembre del 2013 de la Organización de Naciones Unidas (ONU), y en el año 2015 el departamento de información pública de esta Organización diseña un nuevo símbolo de accesibilidad, y la Ley Nacional Nº 22.431 “Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, y

CONSIDERANDO: 

Que la accesibilidad de todas las personas al entorno público y privado es primordial para convivir en una sociedad ordenada y sin distinción de derechos entre los ciudadanos, 

Que la orden del 23 de diciembre del 2013 por la que se modifica la orden del 5 de octubre de 1998 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que regula el otorgamiento y utilización del símbolo internacional de accesibilidad dice: “Todo espacio público diseñado o adaptado para ser usado por personas con discapacidad debe estar señalizado con el símbolo internacional de accesibilidad” (SIA). Este símbolo se identifica internacionalmente y su señalética tiene por finalidad ser fundamentalmente informativa, colocada en inmuebles y otros espacios de uso público, con acceso adaptados especialmente para usuarios con problemas de movilidad, 

Que, en materia de accesibilidad y con motivo del dictado de la Convención Internacional Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el año 2006, aprobada por nuestro país a través de la Ley Nacional N° 26378, se avanzó mucho en materia de derechos de las personas con discapacidad y, principalmente, se sustituyó la concepción médico-asistencialista que organizaba los abordajes basados en la compasión o beneficencia, por un enfoque de empoderamiento en clave de Derechos Humanos.

Que la nueva figura con los brazos y piernas abiertas, simboliza la inclusión de todas las personas sin distinción de sus capacidades. Con este logotipo de accesibilidad se representa la ACCESIBILIDAD UNIVERSAL, incluyendo así la de información, servicios, tecnologías de la comunicación, física, englobando realmente a que el mundo sea diseñado y utilizado por todos; 

Que al implementarlo se envía un mensaje de apertura y respeto hacia la diversidad, promoviendo un entorno inclusivo y equitativo para todos los ciudadanos;

Que el logo utilizado hasta el momento, con el símbolo de silla de ruedas, está asociado de manera directa a la discapacidad motriz, al tiempo que resulta estigmatizante para la persona con discapacidad, ya que muestra las barreras para su desplazamiento y autonomía;

Que este símbolo pretende representarnos a todos y todas e intenta mostrar que la accesibilidad universal no puede centrarse en la discapacidad y, en caso de hacerlo, no debería centrarse en una sola de las discapacidades que hay.

Que la mayor fortaleza de este símbolo es independizar el concepto de accesibilidad y así evitar asociarla con una figura que relacionamos naturalmente con discapacidad;

Que resulta necesario insertarnos en normas Internacionales a fines de estar a la altura de las diferentes culturas y sociedades, así como incluirnos en la adopción de medidas pertinentes que aseguren el acceso de las personas con discapacidad a iguales condiciones, 

Que no solo es necesario contar con esta señalética en las oficinas públicas que cumplan con la adaptabilidad necesaria de los espacios para personas con discapacidad, sino que es importante elaborar un programa como incentivo para que los comercios, industrias y PYMES puedan contar con una oblea que los identifique como espacio accesible y generen conciencia colectiva;

Que es preciso destacar que el mismo ha sido creado para su uso en productos de información pública impresos y electrónicos con el objetivo de crear conciencia acerca de los problemas relacionados con la discapacidad. 

Que el presente proyecto fue impulsado por los Concejales María Paz GARCIA, Luis Vicente GONZALEZ del Bloque Avancemos Cinco Saltos y la Coordinación de Discapacidad de la Municipalidad de Cinco Saltos, 

Que la misma fue tratada en la Comisión de Desarrollo Humano sugiriendo su aprobación mediante despacho Nº 05/2024 y aprobada por UNANIMIDAD en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de marzo del 2024

Que, la Carta Orgánica Municipal faculta al Poder Legislativo a emitir la presente norma legal, conforme el artículo 77, inciso a); 

POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CINCO SALTOS SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: ADOPTAR el “Símbolo Internacional de Accesibilidad para Personas con Discapacidad”, en todo el ámbito de la Municipalidad de Cinco Saltos, desarrollado por la Unidad de Diseño Gráfico del Departamento de Información Pública de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), conforme el grafico del ANEXO I que forma parte de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2°: ESTABLECESE que el Símbolo Internacional de Accesibilidad será utilizado en espacios de administración pública y/o privada, físicos o virtuales, con la finalidad de incentivar y promover la accesibilidad integral de personas con discapacidad.

ARTICULO 3°: DISPONGASE la obligatoriedad de exhibir el Símbolo Internacional de Accesibilidad para todas las oficinas públicas del Estado que posean uno o varios espacios adaptados con accesibilidad para personas con discapacidad.

ARTICULO 4°: INSTRUYASE al Poder Ejecutivo Municipal para que realice una campaña masiva de difusión dentro del ejido de la Ciudad, dando a conocer el nuevo Símbolo Internacional de Accesibilidad adoptado (ANEXO I), tanto en medios de comunicación como en establecimientos educativos, comercios, transporte público, entes provinciales y nacionales, asociaciones civiles y de personas con discapacidad, ONGS, y toda fuerza viva. 

ARTICULO 5°: REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLIDO. ARCHIVESE. 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A LOS 11 DÍAS DEL MES DE MARZO DE AÑO 2024.

ADOPTAR el “Símbolo Internacional de Accesibilidad para Personas con Discapacidad”, en todo el ámbito de la Municipalidad de Cinco Saltos