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Concejo Deliberante

Ordenanza Municipal 1599/2024 Protocolo ante fallecimiento de ex combatiente de Malvinas

El 16 de octubre el Concejo Deliberante de Cinco Saltos sancionó la OM 1599/2024 para la creacion de Protocolo de Actuación ante el Fallecimiento de un Ex Combatiente de Malvinas de la Ciudad de Cinco Saltos

Ordenanza Municipal 1599/2024 Protocolo ante fallecimiento de ex combatiente de Malvinas
Ordenanza Municipal 1599/2024 Protocolo ante fallecimiento de ex combatiente de Malvinas

15 de Abril de 2025

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VISTO:

Que es necesario establecer un protocolo claro y uniforme para actuar ante el fallecimiento de un ex combatiente de Malvinas, asegurando que se rinda un homenaje digno y se brinde apoyo a sus familiares, y; 

CONSIDERANDO:

Que los veteranos de la Guerra de Malvinas son héroes nacionales que sacrificaron su integridad física y emocional en defensa de la soberanía argentina;

Que es necesario honrar la memoria de los veteranos de Malvinas y brindar un reconocimiento especial en el momento de su fallecimiento:

Que establecer un protocolo de fallecimiento para los veteranos de Malvinas es un acto de justicia y gratitud hacia aquellos que defendieron valientemente nuestra patria en circunstancias adversas;

Que la creación de un protocolo de actuación contribuirá a mantener viva la memoria y el honor de quienes participaron en dicho conflicto, fortaleciendo los valores de patriotismo y solidaridad en nuestra comunidad;

Que la comunidad de Cinco Saltos se enorgullece de contar con ex combatientes de Malvinas entre sus ciudadanos y desea expresar su gratitud y respeto de manera formal y organizada;

Que el acompañamiento y asistencia a los familiares de los ex combatientes fallecidos es un acto de justicia y humanidad, que refleja el compromiso del Municipio con sus ciudadanos;

Que el presente proyecto fue impulsado por la Concejal María Paz GARCIA, y el acompañamiento del concejal Luis Vicente GONZALEZ del Bloque Avancemos Cinco Saltos junto a ex combatiente de Malvinas Argentinas de nuestra Ciudad;

Que la misma fue tratada en la Comisión de Desarrollo Humano sugiriendo su aprobación mediante Despacho Nº 033/2024 y aprobada por UNANIMIDAD en Sesión Ordinaria Nº 371 celebrada el día 16 de octubre de 2024;

Que, la Carta Orgánica Municipal faculta al Poder Legislativo a emitir la presente norma legal, conforme el artículo 77, inciso a); 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CINCO SALTOS SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: CREASE el Protocolo de Actuación ante el Fallecimiento de un Ex Combatiente de Malvinas de la Ciudad de Cinco Saltos, con el objeto de rendir homenaje y reconocimiento a su servicio a la Patria.

ARTICULO 2°: ANTE el fallecimiento de un ex combatiente de Malvinas, el familiar o representante del fallecido deberá notificar a la Secretaría de Gobierno en un plazo no mayor a 24 horas.

ARTICULO 3°: El Protocolo de Actuación ante el fallecimiento de un ex combatiente de Malvinas incluirá las siguientes acciones:

  1. Homenaje Oficial: La Secretaría de Gobierno organizará un homenaje oficial que incluirá la colocación de una ofrenda floral y un minuto de silencio en la Plaza de los Ex Combatientes de Malvinas, ubicada en la ciudad.
  2. Bandera a Media Asta: Las banderas en los edificios municipales serán izadas a media asta durante tres días en señal de duelo.
  3. Difusión Pública: Se realizará una comunicación pública a través de los medios de comunicación locales, informando sobre el fallecimiento y destacando la trayectoria del ex combatiente.

ARTICULO 4°: SERA la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Cinco Saltos quien deberá comunicarse con el Ministerio de Defensa de la Nación ante el fallecimiento de un ex combatiente de Malvinas, con los siguientes objetivos:

  1. Notificación Oficial: Informar oficialmente sobre la caída del ex combatiente, proporcionando los datos necesarios para su registro y reconocimiento a nivel nacional.
  2. Solicitud de Honores: Coordinar la posible participación de representantes del Ministerio de Defensa en los actos conmemorativos y funerarios, así como la entrega de distinciones o reconocimientos post mortem que correspondan.
  3. Asistencia Adicional: Gestionar cualquier tipo de asistencia adicional que el Ministerio de Defensa pueda proporcionar a los familiares del fallecido, ya sea en términos de apoyo económico, psicológico o logístico.
  4. Registro y Reconocimiento: Asegurar que el ex combatiente fallecido sea incluido en los registros nacionales de ex combatientes de Malvinas, garantizando su reconocimiento oficial por parte del Estado Nacional.
  5. Difusión de Información: Colaborar en la difusión de información relevante sobre el ex combatiente fallecido a través de los canales oficiales del Ministerio de Defensa, promoviendo su memoria y destacando su servicio a la Patria.

Además, se ofrecerá

  1. Bandera de Ceremonia: Se colocará sobre el féretro del fallecido, una bandera argentina de ceremonia, la que se entrega a sus familiares concluido las actuaciones de este homenaje.
  2. Custodia: El homenaje se desarrollará con la presencia de una custodia oficial (personal de bomberos, policía y/o ejercito) que permanecerá durante toda la ceremonia.
  3. Trompetista: Se realizará las actuaciones pertinentes a fin de garantizar la presencia de un trompetista durante la inhumación, el que interpretará “la marcha de las Malvinas” y “un toque de silencio”.

ARTICULO 5°: EL fallecimiento del ex combatiente de Malvinas se llevará a cabo en uno de los polideportivos municipales de la ciudad de Cinco Saltos, salvo que los familiares manifiesten expresamente su decisión de realizarlo en un lugar distinto.

ARTICULO 6°: CREASE un Registro de Ex Combatientes de Malvinas residentes en la Ciudad de Cinco Saltos, a cargo de la Secretaría de Gobierno, con el fin de tener actualizada la información para una correcta aplicación del presente Protocolo, el mismo contará con Nombre y apellido, Número de DNI, y numero de contacto de dos o más familiares. Según Anexo I.

ARTÍCULO 7°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, Envíese copia de la presente Ordenanza a la Policía y a los Bomberos locales, a fin de coordinar la custodia correspondiente durante los actos funerarios. CUMPLIDO. ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A LOS 16 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE AÑO 2024.

CREASE el Protocolo de Actuación ante el Fallecimiento de un Ex Combatiente de Malvinas de la Ciudad de Cinco Saltos, con el objeto de rendir homenaje y reconocimiento a su servicio a la Patria